HOY A RAIZ DE UN COMENTARIO QUE RECIBI EN L BLOG ,RECORDE A ESTOS LAMENTABLES PERSONAJES, ANTONIO ODDO , ALIAS "RODRIGO", A LA SAZON, COORDINADOR DEL GRUPO JUVENIL DE LA SANTONA "MADU JESS", Y A RODRIGUEZ ANIDO "ALIAS "JULIAN", LOS "MALA LENGUAS" EN LOS AÑOS 70 DECIAN QUE ERAN "PAREJA", Y FRANCISCO CHALER ALIAS" AURELIO" , QUIEN JUNTO CON SU ABOGADA MARCINDA GOMEZ , SE DEDICABA A ESTAFAR GENTE INCAUTA, INCLUSO EL MISMO "AURELIO" , EN UNA OCASION LE SUSTRAJO ,UN SACO DE CUERO A UN DISCIPULO , DE NOMBRE JORGE FITTIPALDI, ESCONDIENDOLO EN EL BAUL DE SU AUTO, EN FIN TODA GENTE INDESEABLE , QUE MAS VALE PERDER QUE ENCONTRAR , QUIZA EL ELEMENTO MAS INDIGNANTE , ES LA HIPOCRESIA , CON LA QUE ACTUABAN, HACIENDOSE PASAR POR ,MENTORES DE LA MORAL AJENA, CUANDO NI SIQUIERAN CONOCIAN LAS MINIMAS NORMAS DE CONVIVENCIA SOCIAL
jaime rodriguez anido y abajo graciela croatto , en la editorial kier , quien era la que editaba los libros de la santona "madu jess", y sus "discipulos" , en el caso de la croatto , recogio el discurso de este "vicedirector" de mision de amor , de madu jess jaime rodriguez anido , alais "julian", no se conocen los limites . como se puede observar
rodriguez anido alias "julian" fue vicedirector de "mision de amor" de la santona "madu jess" como mas abajo se puede observar ,"mision de amor", y rodriguez anido, estaan inhabilitados ,para funcionar como "cultos", anido , cuando fallecio la santona "madu jess" , intento instalar su "boliche esoterico", por su cuenta que fue tambien dado de baja por las autoridades nacionales
. este despreciable sujeto esta tambien fallecido
Cancélase la inscripción en el Registro Nacional de Cultos, de diversas entidades.
Bs. As., 19/1/98
B.O.: 30/01/98
VISTO la Ley 21.745. el Decreto 2037/79, los expedientes que resultarán inscriptos en el Registro Nacional de Cultos, los dictámenes de la Dirección General del Registro Nacional de Cultos y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 2509/96 del Secretario de Culto, modificada por Resolución Nº 2819/96, se dispone el relevamiento de entidades religiosas inscriptas, identificando las que no registren actividad desde el 19 de noviembre de 1991 y que ante la notificación fehaciente practicada sin obtener respuesta alguna hasta la fecha, debe considerarse que las organizaciones religiosas mencionadas en el Anexo I (uno) han dejado de funcionar.
Que asimismo, debe tenerse presente que el plazo previsto para actualizar información por Resolución Nº 2509/96 hasta el 20 de diciembre de 1996, fue prorrogado por Resolución del Secretario de Culto Nº 230/97 hasta el 31 de marzo de 1997.
Que atento a que las entidades mencionadas en el Anexo I (uno) no han respondido a las notificaciones debidamente practicadas por este organismo, y que de ello se desprende una inexistencia de actividad religiosa desde hace más de seis años.
Que las entidades mencionadas han dejado de ejercer su actividad lo que comporta un incumplimiento del objeto por el cual han sido reconocidas por el Estado Nacional como tales.
Que la falta de cumplimiento de las actividades religiosas y su consecuente inexistencia como organizaciones constituye una de las causales de cancelación prevista por la Ley 21.745 en su artículo 30 inc. a).
Que la Dirección General del Registro Nacional de Cultos debe mantener actualizadas las inscripciones conforme lo previsto en el artículo 1º del Decreto 2037/79 y dado que debe interpretarse que las organizaciones religiosas mencionadas en el Anexo han dejado de funcionar, corresponde dictar el acto administrativo de cancelación de las mismas.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º-Cancélase la inscripción en el Registro Nacional de Cultos de las entidades indicadas en el Anexo I (uno) y declarase la caducidad e invalidez de los Comprobantes de Inscripción indicadas en el mismo Anexo. Solicítese a estas entidades la restitución de los comprobantes de inscripción en el plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles administrativos de notificada la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto 2037/79.
Art. 2º-Declárase la caducidad e invalidez de todos los Certificados para local filial emitidos por la Secretaría de Culto - Dirección General del Registro Nacional de Cultos - a nombre de esas entidades y solicítese la restitución de dichos certificados en el plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles administrativos de notificada la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto 2037/79.
Art. 3º-Solicítese la pérdida de la personería jurídica por ante los Organismos Competentes en aquellas asociaciones o fundaciones que la tengan y a cuyo fin ofíciese.
Art. 4º-Declárese la caducidad e invalidez de los certificados de Registro de Firma en el Registro Nacional de Cultos bajo los números indicados y a favor de las personas identificadas en el Anexo I (uno) que forma parte de la presente Resolución.
Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Angel M. Centeno.
ANEXO I
Dir. Nac. Culto | QUE ELLA TE GUIE | ONCATIVO 327 (Lanús Este) | MARIA R. GRECO | |
Dir. Nac. Culto | IGLESIA DE CRISTO | LIMA Y AVDA. CROACIA (J.C. Paz) | ISABELINO PIMENTEL | |
Sub: Sec. Culto | ASOCIACION ESPERITISTA JUANA DE ARCO | PIO BAROJA 80 (Banfield) | WALTHER OSCAR ROMERO | |
Sub: Sec. Culto | CULTO ESPIRITUAL PANCHO SIERRA | ASCASUBI 313 (Bernal) | NICOLAS SCALISI | |
Sub: Sec. Culto | SOCIEDAD RELIGIOSA ARGENTINA AFRICANA ILE DA OBA | ESTEBAN ECHEVERRIA 5660 (Laferrere) | MIGUEL ANGEL DUREX | |
Sub: Sec. Culto | IGLESIA EVENGELICA PENTECOSTAL EL PODER DE DIOS | BINON 5300 (Adrogué) | CELESTINA MEZA | |
Sub: Sec. Culto | IGLESIA CRISTIANA DEL DORADO AMANECER | LARREA 673 9º "13" (C.B.A.) | JOSE CORRALES | |
Sub. Sec. Culto | TEMPLO EVANGELICO PENTECOSTAL "JESUS LA LUZ DEL MUNDO" | ESTAFETA 3 (Bernal) | HIPOLITO ROMERO | |
Sub. Sec. Culto | FUNDACION CENTRO ESPIRITISTA OGUN DA RONDA | HUMERTO 1º 8044 (3 de febrero) | ROBERTO OSCAR TORCELLO | |
Sub. Sec. Culto | TEMPLO DE JEMENJA Y OGUN | RUIZ MORENO 1122 (Paraná - Entre Ríos) | MARCELO ENRIQUE PONS | |
Sub. Sec. Culto | ILE DE XANGO AGODO IMAE OXUN | ELPIDIO GONZALEZ 3150 (C.B.A.) | JORGE SEVERINO | |
Sub. Sec. Culto | AMISTAD CONOCIMIENTO ESPIRITUAL UNIVERSAL | RIGLOS 1875 (C.B.A.) |
JAIME RODRIGUEZ ANIDO g |
FRANCISCO CHALER ALIAS "AURELIO" ADEMAS EXPLOTABA , A UNA "DISCIPULA", DE "MADU JESS" FRANCISCA FEDELE, MUJER DEBIL MENTAL QUE SOLO HABLABA INCOHERENCIAS, HACIENDOLE , LIMPIAR , TODA LA SEDE DE "LA INSTITUCION" , UN PETIT HOTEL DE TRES PLANTAS , A CAMBIO DE" FUERZAS DIVINAS" QUE ESTABA SITUADO EN L BARRIO PORTEÑO DE FLORES. Y DE PASO TAMBIEN SE HACIA ASEAR SU CASA PARTICULAR Y SU TALLER, POR ESTA INSANA MENTAL , COMO SE VE UN VERDADERO VIVIDOR Y MENTIROSO, EN CUANTO A LA FEDELE, MANTUVO UN CORTO" AFFAIRE" , CON UN SUJETO DE NOMBRE "ERICK" AMIGO DE UN TAL MASSEI ALIAS" RAUL" SUS HIJAS ESTAN CASADAS CON AMIGOS DEL TAL" ERICK ", QUIEN LUEGO LA ABANDONO POR OTRA MUJER DE BUENA POSICION ECONOMICA, DEDICANDOSE ELLA ENTONCES A LA BISEXUALIDAD , CON MUJERES Y HOMBRES DE DICHA SECTA, UN COMPENDIO DE HIPOCRESIAS, A TODOS ESTOS LOCOS ,LOS ATENDIA EL DOCTOR CROTTOGINI, QUIEN PRACTICABA CON ELLOS EXTRAÑOS RITOS , EN UN CONSULTORIO QUE EN LOS AÑOS 70 POSEIA EN EL BARRIO DE LA BOCA, COBRANDO JUGOSOS HONORARIOS
ResponderEliminarluego de profundas investigaciones , de la filosia ,universalista de madu jess, y la reencarnacion , se llego a la conclusion , de que antonio jose oddo "rodrigo", fue en otra vida popea , la que se bañaba en leche ,y rodriguez anido "julian",fue salome, quedo develada la incogita.
ResponderEliminarlei en internet, no se si sera el mismo jaime rodriguez anido , que era musico, me pregunto¡tocaria la flauta?
ResponderEliminar